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Sobrepaso indebido: Juicio por Accidente de Transito


El_Tano
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El juicio se tramitó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia nº 93 e intervino con posterioridad la Sala "L" de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, que fue la que dictaminó mediante sentencia judicial firme una indemnización integral que, considerando el capital más los intereses hasta la actualidad, asciende a la suma de nueve millones doscientos mil pesos (la indemnización se compone de $2.330.000 de capital más los intereses).

La sentencia se conoció ahora, pero el accidente ocurrió hace más de diez años en la provincia de Córdoba. El día 19 de marzo de 2005, alrededor de las 11:30, un joven circulaba como acompañante a bordo de un Volkswagen Polo por la Ruta Nacional Nº 9, km. 476 de la localidad de Leones (departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba), en dirección hacia la Ciudad de Córdoba.

En ese mismo momento, circulaba por la ruta 9 pero en sentido contrario un camión marca Scania con semirremolque tanque y por detrás de este un rodado Renault 19. El lamentable siniestro ocurrió cuando el Renault 19 intentó sobrepasar al camión invadiendo la mano contraria, por la que circulaba la víctima en el Volkswagen Polo.

Producto de la maniobra, los dos autos terminaron impactando frontalmente, dejando en la víctima lesiones de gravedad. Es decir, la causa del accidente fue el "sobrepaso indebido" del conductor del Renault 19.

Las lesiones más significativas del damnificado fueron diagnosticadas como "fractura conminuta de olécranon de codo derecho, fractura de maléalo tibial de tobillo derecho, fractura con tercer fragmento conminuto de fémur derecho, cicatriz vertical frontal izquierda", entre otras. Mediante las pericias médicas realizadas sobre la víctima, se determinó que el joven sufrió un 60% de incapacidad física y 20% de incapacidad psicológica, ambas con carácter permanente.

Para el abogado de la víctima, David Berstein, el fallo judicial otorga una indemnización "récord" a favor de una víctima de tránsito con lesiones graves. "Esta sentencia confirma una nueva tendencia dentro de la justicia civil de nuestro país, la cual refleja que muchos magistrados comprenden la dificilísima situación de las víctimas viales luego de quedar incapacitados, en todos los órdenes de sus vidas a niveles familiares, económicos y sociales. Situación que anteriormente no ocurría", sostuvo Berstein.

Según el letrado, este cambio se debe "al importante trabajo de ONG como la Asociación Madres del Dolor, entre otras, en tanto y en cuanto promueven incansablemente la creación de leyes en defensa de las víctimas viales y difunden la concientización social para proteger a las víctimas de esta epidemia que son los hechos de tránsito, por la cual lamentamos alrededor de 7.500 personas fallecidas por año y 120.000 personas con lesiones incapacitantes".

Por último, el abogado señaló que "no debemos poner la atención en la cifra millonaria otorgada al damnificado sino que debemos enfocarnos en la valoración de la víctima como ser humano". "Este es el cambio jurisprudencial que más valoro", concluyó.
 

via|Infobae

 

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