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Votaciones PASO en Argentina (Primarias Abiertas Simultaneas Obligatorias)


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¿Quiénes deben votar?

 

 

La participación en las PASO es obligatoria para todos los ciudadanos que hayan cumplido los 18 años antes del 23 y sean menores de 70 que no estén impedidos por estar a 500 kilómetros o más del lugar de votación o por otras razones de fuerza mayor (por ejemplo, estar enfermo). Los mayores de 70 pueden votar si quieren. Y los jóvenes que para el 23 de octubre tengan entre 16 y 18 años, pueden hacerlo sólo si renovaron el DNI antes del 30 de abril y figuran en los padrones.

 

 

 

¿Qué pasa con el que no concurre a votar?

 

 

La ley prevé la imposición de una multa de entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no voten ni se justifiquen ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección. Quién no concurra a las PASO puede y debe votar igualmente en las elecciones de octubre (si no lo hace, incurre en una nueva infracción).

 

 

 

¿Dónde hay que votar?

 

 

Cada ciudadano debe votar en el distrito en el que está empadronado, en la mesa que le corresponde, que se puede consultar acá

 

 

http://www.padron.gob.ar/consulta/

 

 

¿En qué horario se puede votar?

 

 

Las mesas de votación están abiertas entre las 8 y las 18. A quien llegue a su mesa antes de las 18, las autoridades deben permitirle sufragar incluso si, por la cola, termina emitiendo su voto pasada esa hora.

 

 

¿Qué documento hay que llevar para votar?

 

 

Se puede votar con el Documento Nacional de Identidad (DNI), ya sea en formato tarjeta o libreta, la Libreta Cívica (LC) o la Libreta de Enrolamiento.

 

 

En estos comicios se incluye como novedad un troquel de constancia del voto

 

 

Ese troquel lo cortan y entregan las autoridades de mesa después de que el ciudadano mete el sobre con su voto en la urna y una vez que el elector firmó en el lugar del padrón reservado para que lo haga. Esa constancia contendrá impresos los fecha y tipo de elección, nombre y apellido del elector, número de D.N.I. y datos de la mesa; además, debe estar firmada por el presidente de mesa.

 

 

¿Qué se elige?

 

 

En las PASO los ciudadanos eligen los candidatos que cada partido, frente o agrupación presentarán en las elecciones de octubre. Como son senadores y diputados, las internas son por distrito. En las agrupaciones en las que hay más de una lista, el resultado de las PASO determinará cómo quedarán conformadas las listas definitivas para octubre. Pero en la mayoría de las agrupaciones, hay lista única en casi todos los distritos, por lo que los precandidatos quedarán como candidatos. En las agrupaciones en las que sí hay competencia entre distintas listas, las candidaturas a senadores se elegirán por lista completa y las de diputados nacionales, según el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o de la alianza partidaria.

 

 

Los partidos, necesitan obtener un piso de votos para poder presentarse en octubre

 

 

Cada partido, frente o agrupación debe obtener en las PASO por lo menos el 1,5% de los votos positivos válidos del distrito para poder competir en octubre. Los partidos que no alcancen ese piso, no pueden presentarse en las elecciones generales.

 

 

¿Qué son los votos positivos válidamente emitidos?

 

 

Son los que cuentan para calcular los porcentajes que obtiene cada agrupación y cada lista interna de cada agrupación. Los votos positivos son los que incluyen efectivamente alguna boleta válida en el distrito: no se cuentan los votos en blanco (en los que no se incluye ninguna boleta en el sobre) ni los anulados (hay boletas de distintas listas para la misma categoría).

 

 

¿Se puede cortar boleta?

 

 

Sí. En los casos en los que hay más de una categoría, los votantes pueden cortar boleta, no sólo para votar a distintos candidatos de un mismo partido sino incluso para votar a candidatos de distintas agrupaciones. Para que el voto sea válido es importante que en el sobre quede una sola lista de cada categoría (senadores y diputados). Por ejemplo, un votante porteño puede votar a la lista A de un partido para senadores y a la lista B del mismo partido para diputados; o puede votar a la lista A de un partido para senadores y a la lista A de otro partido para diputados. El voto no es válido si en el sobre hay dos boletas distintas del mismo partido ni de distintos partidos para la misma categoría (senadores o diputados).

 

 

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La Cámara Nacional Electoral recordó ayer a través de un comunicado que los documentos válidos para votar son la Libreta de Enrolamiento, la Libreta Cívica y el DNI en cualquier de sus formatos (libreta verde, libreta celeste, tarjeta del DNI libreta celeste y el nuevo DNI tarjeta), aún cuando lleve impresa la leyenda “No válido para votar”.

“Es válido el documento que figura en el padrón o una versión posterior. No se permitirá el voto con un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral”, aclaró el tribunal.

 

Este año, el padrón electoral tendrá otro formato, que fue aprobado oportunamente por la Cámara Nacional Electoral. Entre los aspectos más relevantes de este nuevo padrón figuran la “incorporación de un espacio para la firma del votante, la inclusión de una constancia de emisión de voto troquelada –que se entregará al votante y reemplaza el sello que anteriormente se colocaba en el documento–; y la incorporación, como prueba piloto, de la fotografía de los electores”.

 

También se explicó que “si la foto del elector no figura en el padrón no será impedimento para no votar” ya que “solamente constarán a modo de prueba piloto las fotografías de aquellos electores mayores de edad que hayan tramitado un nuevo ejemplar de su DNI con posterioridad al 1° de noviembre de 2009 y que dicha situación se haya comunicado a la Cámara Electoral antes del 30 de abril de 2013, fecha de cierre del padrón provisorio”.

 

Por otro lado, los gobiernos de la Capital y de la provincia de Buenos Aires dispusieron que sus respectivas oficinas de Registro Civil permanecerán abiertas mañana, de 8 a 18, para cumplir exclusivamente con la tarea de entregar los DNI que aún no se hayan retirado, a fin de permitir que voten aquellos que los hayan tramitado.

 

En todo el país hay 30.530.323 ciudadanos habilitados para votar, de los cuales 592.344 son menores de 16 y 17 (o de 15, se cumplen los 16 antes del 27 de octubre) que podrán sufragar por primera vez.

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